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•SINDICATO
INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES
Y
EMPLEADOS DEL SABES EN LUCHA•
Organización independiente para la defensa
y mejoramiento de las condiciones laborales de los
trabajadores y empleados del Sistema Avanzado de Bachillerato
y Educación Superior
Síntesis del conflicto intersindical en el
SABES
1. Mediante decreto gubernativo publicado en el Periódico
Oficial del estado de Guanajuato, México, de
fecha 25 (veinticinco) de octubre de 1996 (mil novecientos
noventa y seis) se creo por parte del Gobierno del
Estado de Guanajuato, un organismo público
descentralizado denominado SISTEMA AVANZADO DE BACHILLERATO
Y EDUCACIÓN SUPERIOR EN EL ESTADO DE GUANAJUATO
(“SABES”) que tiene por objeto formar
personas en el nivel medio superior, principalmente
en poblaciones rurales y suburbanas del Estado de
Guanajuato.
El
personal que labora en este centro de trabajo, en
su mayoría es personal académico bajo
la categoría de Asesor Educativo, quien, desde
la creación de este organismo, ha laborado
con el esquema de servicios profesionales.
2. El SISTEMA AVANZADO DE BACHILLERATO
Y EDUCACIÓN SUPERIOR (SABES), forma un sindicato
“blanco” y que es el SINDICATO DE TRABAJADORES
Y EMPLEADOS AL SERVICIO DEL SISTEMA AVANZADO DE BACHILLERATO
Y
EDUCACIÓN SUPERIOR registrado en la Junta Local
de Conciliación y Arbitraje de León, Guanajuato,
bajo el número 04 01-S y con el cual celebró
un contrato colectivo de trabajo de los denominados
contratos colectivos “de protección”
(aquellos que son firmados a espaldas de los trabajadores,
con el fin de evitar que la organización auténtica
de los mismos, pueda intervenir en la negociación
de las condiciones de trabajo, y de esta manera, mantener
el control del contrato colectivo de trabajo), mismo
que se encuentra registrado ante la Junta de Conciliación
y Arbitraje de
León, Gto., bajo el número 395/02-C.
3. Los trabajadores del mencionado
sistema, ante la falta de seguridad social y jurídica,
decidieron organizarse, de esta manera nace el SINDICATO
INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DEL SABES,
mismo que se encuentra registrado ante la Junta Local
de Conciliación y Arbitraje de León, Guanajuato,
bajo el número 01/03-S.
4. El SINDICATO INDEPENDIENTE
DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DEL SABES con feche 13 de
agosto del 2003 demanda la titularidad del contrato
colectivo de trabajo al SINDICATO DE TRABAJADORES Y
EMPLEADOS AL SERVICIO DEL SISTEMA AVANZADO DE BACHILLERATO
Y EDUCACIÓN SUPERIOR, ante la Junta Local de
Conciliación y Arbitraje de León, Guanajuato,
tramitándose bajo el expediente número
66/03, señalando la Junta como fecha para la
celebración de la audiencia de conciliación,
demanda y excepciones, pruebas y resolución,
el día 20 de octubre del 2003 a las 12:00 horas.
5. Con fecha 17 de octubre
del 2003 nos fue notificada una demanda interpuesta
por el SINDICATO NACIONAL “PRESIDENTE ADOLFO LÓPEZ
MATEOS” DE TRABAJADORES Y EM-PLEADOS DEL COMERCIO
EN GENERAL Y ESCUELAS PARTICULARES, SIMILARES Y CO-NEXOS
DE LA REPÚBLICA MEXICANA ante la Junta Local
de Conciliación y Arbitraje de León, Guanajuato
en la cual solicitan la nulidad de los estatutos y la
cancelación del registro otorgado al SINDICATO
INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DEL SABES,
misma que es tramitada bajo el expediente número
126/03. en ella manifiestan haber celebrado contrato
colectivo de trabajo con el SISTEMA AVANZADO DE BACHILLERATO
Y EDUCACIÓN SUPERIOR en fecha 11 de septiembre
de 2003y que entró en vigor el día 10
de agosto de 2001, situación que por si misma
es jurídicamente imposible.
No obstante lo anterior, con
base en la demanda del Sindicato “PRESIDENTE ADOLFO
LÓPEZ MATEOS”, la Junta de Conciliación
y arbitraje de León, Gto., determina la suspensión
del procedimiento de la titularidad bajo el argumento
de que primero se tendría que resolver sobre
la legal existencia de nuestro sindicato.
6. Al mismo tiempo, el SISTEMA AVANZADO DE BACHILLERATO
Y EDUCACIÓN SUPERIOR nos demanda la nulidad de
la resolución en la cual fue otorgado el registro
sindical, ante el Tribunal Contencioso Administrativo
del Estado de Guanajuato el cual es totalmente ajeno
al conficto laboral en cuestión y que sin embargo,
determina aceptarla y darle trámite bajo expediente
número 5.304 03. contestación al mismo
y que se encuentra detenido esperando el desahogo de
la diligencia de notificación en la ciudad de
México, Distrito Federal, del SINDICATO NACIONAL
“PRESIDENTE ADOLFO LÓPEZ MATEOS”
DE TRABAJADORES Y EM-PLEADOS DEL COMERCIO EN GENERAL
Y ESCUELAS PARTICULARES, SIMILARES Y CO-NEXOS DE LA
REPÚBLICA MEXICANA.
7. El SINDICATO
DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS AL SERVICIO DEL SISTEMA AVANZADO
DE BACHILLERATO Y EDUCACIÓN SUPERIOR (sindicato
“blanco”) por su parte, interpuso un amparo
indirecto en contra del acuerdo donde la Junta Local de
Conciliación y Arbitraje de León, Gto. nos
concedió el registro sindical, sin que esto jurídicamente
sea viable
ya que, además de que la Ley laboral prevé
el proceso correspondiente sin que hubiese sido agotado
por el mismo, en nada afecta al citado sindicato nuestra
legal existencia, amparo que se ventila ante el Juzgado
Cuarto del Distrito de León, Gto., bajo el expediente
número 689 2003_1 del cual se está solamente
en espera de resolución.
8. Por nuestra
parte, el SINDICATO INDEPENDIENTE DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS
DEL SABES presentamos dos amparos indirectos, uno en contra
del acuerdo de fecha 15 de octubre del 2003 en el cual
la responsable suspendió el procedimento de titularidad,
amparo que se tramita ante el Juzgado Cuarto de Distrito
bajo el expediente número 723/2003-111. el cual
fue resuelto con la negativa del amparo, procediéndose
a presentar por nuestra parte el recurso de revisión
correspondiente, mismo que se encuentra en trámite;
el segundo de ellos, trata del amparo indirecto tramitado
ante el Juzgado Cuarto de Distrito bajo el expediente
número 846 2003-11que suspendió la audiencia
inicial en el expediente 126/03 donde el SINDICATO
NACIONAL “PRESIDENTE ADOLFO LÓPEZ MATEOS”
DE TRABAJADORES Y EMPLEADOS DEL COMERCIO EN GENERAL Y
ESCUELAS PARTICULARES, SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA
MEXICANA nos demanda la nulidad del registro sindical,
amparo que a al fecha se encuentra en trámite.
9. Como se puede apreciar,
desde que empezó a funcionar este organismo público
des-centralizado conocido como SISTEMA AVAN-ZADO DE
BACHILLERATO Y EDUCACIÓN SU-PERIOR, ha estado
funcionando al margen de lo que establece la ley tratando
las relaciones con su personal como si se tratara de
una relación de carácter civil, siendo
que se trata claramente de una relación laboral,
simulación que el Gobierno del Estado determinó
como modelo de contratación para evadir el pago
de prestaciones. La generación de antigüedad,
la estabilidad en el empleo, el pago del IMSS, Infonavit,
SAR, en pocas palabras, evadir de manera conciente la
Ley Federal del Trabajo para controlar al personal sin
correr riesgo alguno. Asimismo, el citado organismo
firmó a espaldas un Contrato Colectivo de Trabajo
con un sindicato que no conocemosal que nunca nos afiliamos
y que se trata del SINDICATO NACIONAL “PRESIDENTE
ADOLFO LÓPEZ MATEOS” DE TRABAJADORES Y
EMPLEADOS DEL COMERCIO EN GENERAL Y ESCUELAS PARTICULARES,
SIMILARES Y CONEXOS DE LA REPÚBLICA MEXICANA,
desde el 12 de septiembre del 2001.
No obstante lo anterior, crea
un sindicato “blanco” (que son los creados
por los propios patrones) sin que los que laboramos
en ella nos percatemos de su existencia, el cual utiliza
para firmar un nuevo Contrato Colectivo de Trabajo,
dando por terminado el que anteriormente había
firmado con el Sindicato “PRESIDENTE ADOLFO LÓPEZ
MATEOS”.
Con base en absurdos jurídicos,
actuando al margen de la ley, contando para ello con
el total apoyo del Gobierno del estado, desde el propio
Gobernador, pasando por las autoridades laborales y
administrativas, hasta el director del mencionado organismo,
los auténticos trabajadores y trabajadoras que
en é laboramos hemos tenido que enfrentar cada
uno de estos embates agotando los recursos legales correspondientes,
actuando dentro de los márgenes legales (pues
ellos esperan cualquier trasgresión legal para
difamarnos y reprimirnos y que incluso ya lo han hecho
sin tener argumento legal alguno).
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