(Fecha___________________)
COMUNICACIÓN
PUBLICA
sobre
Asuntos
Legales Laborales Surgidos en los Estados Unidos
presentada
a la
Oficina
Nacional Administrativa (OAN) de México
bajo
el
Acuerdo
de Cooperación Laboral de América
del Norte (ACLAN)
VIOLACIONES
DE PRINCIPIOS Y OBLIGACIONES LABORALES DEL ACLAN
EN LA INDUSTRIA DE MANZANAS DEL ESTADO DE WASHINGTON
sometido
por:
I. DECLARACIÓN DE VIOLACIONES
1. Los empresarios de la Industria de la Manzana
del Estado de Washington violan los principios
laborales del Acuerdo de Cooperación Laboral
de América del Norte que los Estados Unidos
esta comprometido a promover bajo el Anexo 1 del
ACLAN.
2.
Las violaciones a los derechos de los trabajadores
mexicanos y norteamericanos de la Industria de
la Manzana en el Estado de Washington continua
porque los Estados Unidos no han desarrollado
leyes, reglamentos, procedimientos y practicas
para proteger los intereses de los trabajadores,
contradiciendo su compromiso en el Anexo 1 del
ACLAN.
3.
Con respecto a la protección de los trabajadores
migratorios, los Estados Unidos no esta proveyendo
a los trabajadores migratorios de la misma protección
legal que los trabajadores nacionales en su territorio
con relación a las condiciones de trabajo,
violando el principio laboral 11.
4.
Con respecto a los asuntos laborales legales de
la Industria de la Manzana del Estado de Washington,
los Estados Unidos no ha cumplido con sus obligaciones
bajo los Artículos 2, 3 y 5 de ACLAN de
:
I.
Garantizar que las leyes laborales y los reglamentos
prevean altas normas laborales.
II.
Continuar esforzándose por mejorar dichas
normas;
III.Promover
el cumplimiento de las leyes y aplicar efectivamente
su legislación laboral a través
de medidas gubernamentales adecuadas;
IV.Garantizar
que los procedimientos ante sus tribunales administrativos,
cuasijudiciales, judiciales o del trabajo no sean
innecesariamente complicados y no impliquen costos
o plazos irrazonables tiempo ni demoras injustificadas;
V.
Garantizar que cada una de las partes en procedimientos
ante tribunales administrativos, cuasijudiciales,
judiciales y tribunales laborales tengan acceso
a recursos o procedimientos mediante los cuales
se asegure que los derechos laborales se hagan
efectivos.
II. DECLARACIÓN DE JURISDICCIÓN
Jurisdicción de la OAN
La
jurisdicción de la OAN para revisar la
presente demanda (sumisión, propuesta???)
fue proveída por el Articulo 16{3} del
ACLAN que autoriza a cada OAN la revisión
de comunicaciones publicas sobre asuntos relativos
a la legislación laboral surgidos en territorio
de la otra parte, de acuerdo con los procedimientos
del país. Esta sumisión trata asuntos
de legislación laboral, como lo define
el Articulo 49 del ACLAN, que surgen en territorio
de los Estados Unidos. La OAN de México
ha adoptado los procedimientos de dichas consultas
(revisiones???) bajo reglamentos publicados en
el Diario Oficial de la Federación de Abril
28, 1995.
Consultas
de Jurisdicción Ministerial
La
jurisdicción reside en la Secretaria de
Trabajo y Bienestar Social de México según
el Articulo 22 del ACLAN para solicitar consultas
(???) a la Secretaria de Trabajo de los Estados
Unidos, respecto de cualquier asunto en el ámbito
de este Acuerdo. Los asuntos que surgen en esta
demanda (???) están contemplados en el
ámbito de este acuerdo.
Jurisdicción
del Comite Evaluador de Expertos
Bajo
el Articulo 23 del ACLAN, la jurisdicción
reside en el Comite Evaluador de Expertos(CEE),
cualquiera de las partes consultantes podrá
analizar las pautas de conducta de cada una de
las partes en la aplicación de las normas
técnicas laborales, en asuntos relacionados
con el comercio y cubiertos por las leyes Laborales
mutuamente reconocidas. Este proyecto incluye
normas técnicas laborales como lo define
el Articulo 49 del ACLAN, y asuntos relacionados
y cubiertos por las Leyes Laborales mutuamente
reconocidas.
Disputa sobre Resolución de Jurisdicción
Bajo
el Articulo 29 del ACLAN, la jurisdicción
reside en la Junta de Arbitraje{panel}, con una
votación de dos tercios por el Consejo,
para considerar el asunto en el lugar donde se
da la pauta persistente por parte de los Estados
Unidos de no aplicar normas de seguridad ocupacional
y de salud, de trabajo de menores y normas técnicas
laborales de salario mínimo, lo cual esta
relacionado con el comercio y están cubiertas
por leyes Laborales mutuamente reconocidas. Esta
demanda (???) incluye dichos asuntos.
III.
DECLARACIÓN DE ASUNTOS RELACIONADOS CON
EL COMERCIO Y LEYES LABORALES MUTUAMENTE RECONOCIDAS.
Relación
con el Comercio Internacional
La
situación señalada en este proyecto
involucra lugares de trabajo, firmas, empresas
o sectores que producen mercancías de intercambio
entre los territorios de las partes o que compiten
con mercancías producidas o proveídas
por personas de la otra parte.
Leyes
de Trabajo mutuamente reconocidas
Tanto
los Estados Unidos como México tienen leyes
que contemplan los temas generales señalados
en esta demanda (???) de forma de posibilitar
ejercicio efectivo de los derechos, protecciones
y normas.
IV. ANTECEDENTES
Alcance y Estructura de la Industria
La
Industria de la Manzana del Estado de Washington
es un negocio que resulta en billones de dólares
de ingresos y que suple el 60 por ciento de las
manzanas frescas consumidas en el mercado interno
de E.E.U.U. El Estado de Nueva York, el segundo
productor principal abastece a apenas el 10% del
mercado interno estadounidense.
Los
empresarios de la Industria de la Manzana de Washington
se han propuesto explícitamente la meta
de concentrarse en México como el principal
mercado de exportación de las manzanas
de Washington. El gobierno de Estados Unidos subsidia
con millones de dólares la publicidad {mercadeo}
de la Industria de la Manzana de Washington ayudándole
a penetrar ese mercado, así ejerciendo
una creciente presión sobre los productores
de manzanas en México.
Las
exportaciones de Manzanas han aumentado en un
500% en la década pasada, y la Comisión
de la Industria de Manzanas de Washington, el
brazo de publicidad, promoción y propaganda
de la Industria, predice "un aumento creciente
en las ventas de exportación." De
acuerdo a un reporte de los productores y empacadoras
del Estado de Washington de 1997, las exportaciones
de manzanas ascienden a 28.6 millones de cajas,
comparadas con 20.1 millones de cajas durante
el mismo demostró que México sigue
ocupando el primer lugar entre los países
importadores de manzanas del estado de Washington,
comprando 4.4 millones de cajas de manzanas al
ano, superando a Taiwan y Hong Kong.
Las
manzanas de Washington son recogidas a mano por
45,000 trabajadores durante la cosecha de finales
de agosto hasta noviembre. La mayoría de
la fuerza de trabajo proviene de México,
sobre todo de Michoacan y Oaxaca.
Las
manzanas son llevadas a las bodegas o empaques,
donde son preparadas para ser empacadas y transportadas
a los mercados de consumo inmediatamente o son
almacenadas por largos períodos en frigorificos
de atmósfera modificada para su posterior
envío. Unos 10,000 trabajadores laboran
en las operaciones de empaque, almacenamiento
y envío de manzanas. La mayoría
de estos trabajadores de las bodegas son también
mexicanos o méxico-americanos.
La
Industria de la Manzana de Washington incluye
a mas de 3,500 productores en todo el Estado.
Las operaciones de empaque en las bodegas están
concentradas en aproximadamente 125 empresas.
Muchos de los principales productores y las mas
grandes empacadoras, persiguen de forma agresiva
una estrategia de integración vertical.
Los productores principales invirtieron en gran
escala en las operaciones de empaque y las grandes
empresas empacadoras compraron huertos existentes
o convirtieron granjas ocupadas en otros cultivos
a huertos de manzanas.
Siete
por ciento de los productores controla el 53%
por ciento de las huertas, y los propietarios
de empacadoras gigantes como Stemilt Growers,
Washington Fruit and Produce, Dovex, Zirkle Fruit,
Borton and Sons, y la Evans Fruit Company han
cultivado miles de nuevas hectáreas para
suplir a su propia clientela con producción
fresca.
De acuerdo al New York Times,"el uso de tecnología
avanzada y de las economías de escala por
parte de la industria hará que las pequeñas
familias propietarias de huertas se conviertan
en un fenómeno del pasado" en la medida
que las "grandes corporaciones fruticolas
sigan beneficiándose de las crecientes
ganancias provenientes de los inmensos huertos."
Tres
cuartos de la cosecha total de manzanas proviene
de dos regiones, los valles de Yakima y Wenatchee.
Casi toda su producción es empacada y transportada
por las 33 principales empacadoras en esos valles.
Salarios y condiciones de trabajo
Las
ganancias de la industria casi se triplicaron
en una década, y las ventas por trabajador
prácticamente se duplicaron durante el
mismo período. Sin embargo, los salarios
de los trabajadores de las bodegas y del campo
han caído por debajo de los niveles de
pobreza definidos por las autoridades federales
y del Estado. El salario promedio anual estimado
de los trabajadores del campo es de menos de $10,000
por año y el salario promedio anual de
los trabajadores de las bodegas es de $12,000.
El salario de pobreza para una familia de tres
es de $13,330 al ano.
La
mayoría de trabajadores de la Industria
de la Manzana del Estado de Washington carece
de seguro médico tanto para ellos mismos
como para sus familias. Los trabajadores están
expuestos a productos químicos peligrosos,
riesgos a su seguridad y a condiciones insalubres
tanto en los huertos como en las bodegas. Lesiones
de la espalda a consecuencia de movimientos repetitivos
son muy frecuentes entre los trabajadores. Además,
las condiciones de vivienda son también
bastante precarias.
Los
trabajadores migratorios enfrentan una protección
desigual bajo la legislación laboral debido
a su status legal. Así, enfrentan amenazas
y recortes indiscriminados de beneficios sociales
como consecuencia de la reciente Reforma de la
Ley de Bienestar Social y de la Ley de Inmigración.
Los despidos injustificados ocurren comúnmente,
ya que los supervisores ejercen un poder arbitrario
sobre el empleo y por lo tanto la vida de los
trabajadores. Los trabajadores que tratan de reivindicar
sus derechos son muchas veces suspendidos o despedidos.
Las condiciones en las comunidades
La
depresión de los salarios y de las condiciones
de trabajo ha empobrecido a los trabajadores de
la Industria de la Manzana de Washington. Los
salarios promedios anuales en las regiones de
Yakima y Wenatchee son 30% mas bajos que los salarios
promedios en todo el Estado y la tasa de desempleo
representa el doble que la del promedio para el
Estado. El 20% por ciento de la población
de Yakima y mas de 30 por ciento de sus niños
viven en condiciones de extrema pobreza. Mas del
40% por ciento de la población de ese condado
depende de la asistencia publica del Departamento
de Salud y Servicios Sociales.
Un
estudio acerca de las condiciones de la Industria
de la Manzana de Washington preparado por el Departamento
de Trabajo de los Estados Unidos concluye con
los siguientes resultados:
La mayoría de los trabajadores migratorios
viven en condiciones marginales, aun después
que se han establecido en un lugar. La mayoría
de ellos viven en la pobreza, enfrentando duras
condiciones de trabajo sin recibir asistencia
del gobierno...
Las condiciones de pobreza y de trabajo de los
trabajadores migratorios en el campo son resultado
de practicas laborales que desvían los
costos de producción hacia los trabajadores
y reducen los costos de los patrones a la expensas
de los ingresos de los trabajadores. Como resultado
de ello, son los trabajadores migratorios, sus
familias y comunidades; en lugar de los productores,
tributarios y consumidores; los que cargan con
los costos de un mercado laboral endémicamente
inestable en la agricultura.
V.
VIOLACIÓN DE LOS DERECHOS LABORALES Y FALLO
EN EL CUMPLIMIENTO DE LAS OBLIGACIONES BAJO LA
SEGUNDA PARTE DEL ACLAN
Principio
Laboral No. 1: Libertad de asociación y
protección del derecho a organizarse
El
derecho de los trabajadores, ejercido libremente
y sin impedimento, para instituir organizaciones
y unirse a ellas por opción propia, con
el fin de impulsar y defender sus intereses.
Obligación
del Articulo 2 del ACLAN: Niveles de Protección
Cada
una de las partes garantizara que sus leyes y
reglamentos laborales prevean altas normas laborales
.... y continuaran esforzándose por mejorar
dichas normas.
A.
Exclusión de los Trabajadores Agrícolas
de la Protección de la Ley Laboral
Los trabajadores agrícolas en los E.E.U.U.
carecen de protección bajo la Ley Laboral
de ejercer el derecho de organizarse. El Acta
Nacional de Relaciones Laborales (ANRL) excluye
a" cualquier persona empleada en las labores
de la agricultura” de la definición
de "empleado” cubierta por el Acta.
Los trabajadores agrícolas no pueden demandar
practicas laborales discriminatorias ante la Junta
Nacional de Relaciones Laborales (NLRB) en caso
de que sean despedidos a raíz de su actividad
sindical. Las cortes judiciales del estado de
Washington han determinado que bajo la constitución
del estado, los trabajadores agrícolas
tienen derecho a sindicalizarse. Sin embargo,
no hay agencia o mecanismo legal que proteja o
haga efectivo este derecho. Los trabajadores agrícolas
no tienen recurso legal ni procedimientos para
obtener reparaciones.
Solo
cuatro Estados en los Estados Unidos han promulgado
Actas de Relaciones Laborales a nivel de estado
que incluyen provisiones que protegen a trabajadores
agrícolas de practicas laborales discriminatorias.
El Estado de Washington no es uno de ellos. Los
trabajadores en la industria de la manzana de
Washington están excluidos de protección
legal y viven con temor de que los patrones tomen
represalias en su contra si ellos toman la iniciativa
de sindicalizarse. En un reciente seminario anti-sindicalista,
el consultor relato como un productor de fresas
aro las tierras destruyendo los cultivos después
que los trabajadores votaron a favor de ser representados
por el sindicato. El consultor le llamo a esto
" una estrategia exitosa, que lleva a los
trabajadores del campo a vincular los sindicatos
con la perdida del trabajo."
B.
Los trabajadores de las bodegas carecen de protección
del derecho a organizarse
A
diferencia de los trabajadores de los huertos
de manzanas, los trabajadores de las bodegas o
empaques del Estado de Washington, de acuerdo
al Acta Nacional de Relaciones Laborales, son
definidos como " empleados." Sin embargo,
el Acta no provee altas normas, y los Estados
Unidos no ha seguido esforzándose por mejorar
las normas de protección del derecho a
organizarse.
La
secciona 8(c) del ANRL autoriza a los patrones
a desarrollar campanas agresivas en contra de
la organización sindical. Los patrones
cuentan con un amplio espacio para amenazar con
despidos, cierre de plantas y otras formas de
represalias si los trabajadores se unen al sindicato.
Los
patrones pueden demorar las elecciones de una
representación sindical durante semanas
o varios meses. Esto les permite a los patrones
ganar tiempo para desarrollar campanas anti-sindicalistas
de intimidación para destruir el apoyo
mayoritario al sindicato.
Los
patrones comúnmente cometen practicas laborales
discriminatorias tales como amenazas, intimidación,
coerción, interrogación, vigilancia
y despidos ilegales para evitar que los trabajadores
voten por representación sindical. Si los
trabajadores pierden la elección por el
mal proceder de los patrones, la solución
mas común es simplemente una nueva elección.
Sin embargo, los efectos de esta conducta inapropiada
continúan. La votación aun se lleva
a cabo en una atmósfera de temor entre
los trabajadores. El sistema electoral de la NLRB
ha dejado de ser una prueba de la libre elección
de representación sindical para los trabajadores.
En cambio, se ha convertido en vehículo
de campanas de intimidación y coerción
por parte de los patrones en contra de los trabajadores.
Bajo
estas condiciones, los trabajadores de la Industria
de la Manzana del Estado de Washington están
buscando el reconocimiento voluntario de sus sindicatos
---Los United Farm Workers of America (La Unión
de Campesinos de America) para los trabajadores
de los huertos, y La International Botherhood
of Teamsters (La Hermandad Internacional de los
Teamsters) para los trabajadores de las bodegas.
Dicho reconocimiento voluntario, usando el método
de "firma de tarjetas" que se efectúa
por medio de una parte imparcial la cual determina
la existencia de mayoría entre los trabajadores,
es totalmente legal bajo la legislación
laboral de E.E.U.U. Desde luego, esta siendo cada
vez mas común. Miles de trabajadores norteamericanos
han logrado representación sindical a través
de reconocimiento voluntario desde 1990.
En
Canadá, una gran mayoría de las
provincias usa el método de firma de tarjetas
para certificar el sindicato, sin que una elección
sea necesaria. En las provincias donde se utilizan
elecciones, la elección se lleva a cabo
a petición del sindicato en el lapso de
5 días- no de 5 semanas o 5 meses, como
en los Estados Unidos. Bajo la ley mexicana, los
trabajadores que no están organizados en
su lugar de trabajo, pueden formar su propio sindicato,
sin que los patrones hagan campanas anti-sindicalistas.
C. Falta de un Agente Disuasivo
La
Legislación laboral de Estados Unidos carece
de elementos disuasivos. Cargos de Practicas laborales
discriminatorias en contra de patrones han aumentado
de menos de 5,000 al año en la década
de 1950 a mas de 20,000 al año en la década
de 1990, y a mas de 26,000 en el año fiscal
de 1995. La compensación retroactiva a
los trabajadores despedidos por su actividad sindical
ha aumentado de casi $2000 al año en la
década de 1950 a mas de 15,000 al año
en la década de 1990.
Despidos
ilegales por actividad sindical llegaron a los
cientos en la década de 1950. En 1995 mas
de 6,600 trabajadores fueron restituidos a sus
puestos después de un despido discriminatorio.
La incidencia de despidos ilegales se incremento
de uno de cada 20 elecciones NLRB en los años50
a uno de cada cuatro en los años90.
La
confianza de los trabajadores en la protección
del derecho a organizarse ha colapsado. Una encuesta
nacional de 1991 produjo el resultado de que cerca
del 60 por ciento de todos los trabajadores dijeron
que iban a perder la voluntad de sus patrones
si apoyaban la formación de un sindicato.
Un porcentaje mucho mas alto de 79 por ciento
estaba de acuerdo en que los trabajadores aun
no sindicalizados, serían despedidos si
trataban de organizarse en un sindicato. Considerando
su situación de forma mas personal, mas
del 40 por ciento afirmaba que "era probable
que perdiera mi trabajo si trataba de organizar
un sindicato."
D. Fallo en el Esfuerzo por mejorar las Normas
Laborales para Proteger el Derecho a Organizarse.
Los
Estados Unidos no se ha esforzado por mejorar
las normas laborales para proteger el derecho
a organizarse. No ha habido ninguna mejora esencial
a las leyes de protección del derecho a
organizarse de los trabajadores desde que el ANRL
fue adoptada en 1935. Casi cada cambio esencial
a la ley desde entonces, comenzando con el Acta
de Taft-Hartley de 1947, ha aumentado los derechos
de los patrones de combatir la organización
sindical de los trabajadores.
En
1978 y otra vez en 1994, ambas mayorías
de la Camara de Representantes y el Congreso votaron
a favor de enmiendas substantivas a la Legislación
Laboral de los Estados Unidos que madurarían
las normas laborales de protección del
derecho a organizarse. Sin embargo, maniobras
parlamentarias de la minoría pro-empresarial
impidió la aprobación del proyecto
de ley.
Desde
1948, los Estados Unidos no ha ratificado el Convenio
No. 87 de la Organización Internacional
del Trabajo de Libertad de Asociación y
Protección del Derecho a Organizarse. México
y Canadá han ratificado el Convenio 87
de la OIT.
Obligación del Articulo 3 del ACLAN: Medidas
gubernamentales para la aplicación efectiva
de la legislación laboral.
Cada
una de las partes promoverá la observancia
de su legislación laboral a través
de medidas gubernamentales adecuadas ....
A.
Presupuesto de la NLRB y Recortes de Personal
Los
Estados Unidos no promueven la observancia de
su legislación laboral a través
de medidas gubernamentales adecuadas. El presupuesto
de la NLRB ha sufrido recortes sucesivos durante
anos-- cerca de 20 por ciento en términos
reales desde 1985. El personal ha sido reducido
por mas de un cuarto en el mismo período.
En el año fiscal de 1996 el numero de personal
empleado por la NLRB se encontraba en el nivel
mas bajo desde 1962, no obstante el numero de
querellas aumento en un 56 por ciento.
Al
comienzo del corriente año fiscal, el numero
de casos en etapa de investigación inicial
(7,498) era 44 por ciento mas alto que el del
año pasado (5,219), y mas del doble que
el numero de hace 5 años(3,325). A finales
de abril de 1997, aproximadamente 7,680 casos
de practicas laborales discriminatorias estaban
pendientes para ser investigados, casi el doble
de casos que el de hace 3 anos. Los casos que
la Junta determina, a menudo esperan meses para
ser ejecutados en cortes por la falta de abogados
que se encarguen de ellos.
Obligación del Articulo 5 del ACLAN: Garantías
Procesales
Cada
una de las Partes garantizara que los procedimientos
ante sus tribunales para la observancia de su
legislación laboral... no sean innecesariamente
complicados, no impliquen costos o plazos irrazonables
ni demoras injustificadas [y] cada una de las
Partes tengan acceso a recursos que aseguren que
sus derechos laborales se hagan efectivos.
A. Complicaciones Innecesarias y Demoras Injustificadas
Los
trabajadores que son despedidos o amenazados por
su actividad sindical enfrentan un complejo y
multifacetico procedimiento legal que puede ser
demorado durante añospor los patrones que
están decididos a sancionarlos. Desde el
principio, los patrones saben que si en ultima
instancia los trabajadores ganan el caso, las
reparaciones son casi insignificantes (ver Falta
de Reparaciones, abajo).
Si
un padrón ha decidido a amenazar o despedir
a los trabajadores, un caso tiene que pasar por
largas etapas de investigación, proceso
y consulta por la NLRB, y también debe
ser revisado por las cortes federales. El resultado
de estos procedimientos innecesariamente complicados
y demoras injustificadas, es que los trabajadores
pueden esperar mas de tres añoshasta que
una decisión final sea tomada en el caso.
Mientras tanto, el esfuerzo por organizarse usualmente
ya ha colapsado, en la medida que los compañeros
de trabajo ven la larga y ardua trayectoria que
un activista sindical tiene que soportar para
ser reinstituido a su puesto. Al final, muchos
trabajadores no aceptan ser reinstituidos aun
cuando han ganado el caso.
B.
Falta de Reparaciones
La
legislación laboral de E.E.U.U. no dispone
que las Partes en procesos ante tribunales laborales
tengan acceso a recursos o reparaciones que garanticen
que sus derechos laborales se hagan efectivos.
Problemas fundamentales presentados por las reparaciones
ofrecidas por la NLRB fueron señalados
por el mismo Oficial Principal de la NLRB, quien
afirma lo siguiente:
“Los
derechos han sido ignorados demasiado frecuentemente
debido a las limitadas reparaciones ofrecidas
por nuestro estatuto ... los patrones encontraron
la posibilidad de explotar vacíos legales
para retrasar procesos, sabiendo que solo relativamente
limitadas reparaciones serían impuestas
para sancionar irregularidades al final del día.”
Los
patrones en Estados Unidos pueden actuar impunemente
amenazando y despidiendo a los trabajadores que
han tomado la iniciativa de organizarse. No hay
sanciones en contra de los patrones que cometen
practicas laborales discriminatorias. Si el trabajador
en ultima instancia gana el caso después
de dos o tres anos, el único recurso a
disposición es que el patrón ponga
un aviso en el lugar de trabajo prometiendo no
volver a incurrir en dicha conducta ilegal, y
ofrecer reintegrar al trabajador despedido ilegalmente
con paga retroactiva menos cualquier ingreso provisional
obtenido durante el período de despido.
Para los trabajadores de bajo ingreso, como los
de la Industria de la Manzana del Estado de Washington,
esto significa prácticamente no reembolso,
ya que cualquier trabajo que ellos hayan conseguido
durante el procesamiento de sus caso, pagaría
los mismos salarios bajos. Esto deja al patrón
sin ninguna obligación financiera por haber
infringido la ley.
Para
los patrones estas reparaciones representan un
precio bajo que pagar por cometer practicas laborales
discriminatorias con el fin de destruir la campana
de organización de un sindicato. Mas de
60 añosdesde la aprobación del NLRA,
la continua, sistemática y creciente violación
de leyes laborales por parte de los patrones demuestra
que las reparaciones proveídas por la legislación
laboral no garantizan el ejercicio del derecho
a organizarse. Y como ya se ha señalado,
los trabajadores agrícolas no poseen protección
alguna contra violaciones de su derecho a organizarse.
C. Falta de Observancia y Reparaciones en la Industria
de la Manzana del Estado de Washington
Los
trabajadores de las bodegas han apelado a los
recursos disponibles bajo la NLRA durante muchos
anos, pero con mínimos resultados. Los
trabajadores lograron ser representados en las
elecciones ante la NLRB en 4 bodegas en la década
de 1970, pero nunca tuvieron exito en la obtención
de un convenio colectivo. La Local 760 de los
Teamsters aseguro recientemente la representación
de los trabajadores en una bodega en Quincy, Washington,
pero la respuesta de los patrones fue cerrar la
planta y transladar sus operaciones a Yakima.
Los
mas recientes esfuerzos de sindicalizacion en
la Industria de la Manzana del Estado Washington
han conducido a nuevos cargos por practicas laborales
discriminatorias. Casi 20 cargos fueron presentados
ante la oficina regional de la NLRB el año
pasado. Los cargos incluyen amenazas, interrogaciones,
vigilancia, intimidación, discriminación
en los beneficios y condiciones de trabajo y despidos
por actividad sindical. Algunos de los cargos
fueron resueltos o retirados y algunos continúan
aun siendo investigados. Es evidente que la ley
laboral de Estados Unidos y los mecanismos establecidos
para su observancia no son efectivos en cambiar
la actitud de los empresarios de la industria
de la manzana del estado de Washington hacia los
esfuerzos organizativos de sus trabajadores.
PRINCIPIO
LABORAL 6: CONDICIONES MÍNIMAS DE TRABAJO
El
establecimiento de condiciones mínimas
de trabajo, tales como salario mínimo y
pago de horas extras, para los trabajadores asalariados,
incluyendo a quienes no están protegidos
por un convenio colectivo.
Obligación
del Articulo 2 del ACLAN: Niveles de Protección
A.
Valor Decreciente del Salario Mínimo
Inicialmente
cuando fue establecida en 1938, el valor del salario
mínimo en Estados Unidos
era de aproximadamente la mitad del salario promedio
de la economía. Durante varios añosel
salario mínimo fue aumentado en conformidad
con el salario promedio nacional. Sin embargo,
el fallo de la legislación de Estados Unidos
de preservar el poder de compra del salario mínimo
condujo a una grave caída de su valor,
el cual disminuyo a menos de un tercio del salario
promedio. Aun con los recientes aumentos al salario
mínimo, aun es menos del 40 por ciento
del salario promedio en la economía. Hoy
día el salario mínimo es 25 por
ciento mas bajo que el valor del salario mínimo
hace 30 anos, y mas bajo que el valor del salario
mínimo hace 40 anos.
B. Condiciones Mínimas de Empleo para los
Trabajadores Agrícolas
El
Acta de Normas Laborales Justas que estipula el
salario mínimo, es aplicable a menos del
50 por ciento de los trabajadores agrícolas
debido a excepciones incluidas en dichas leyes
que específicamente eliminan toda protección
para trabajadores agrícolas. En varios
estados, se observa que los trabajadores agrícolas
no son empleados directamente por los propietarios
de las granjas o productores, sino por contratistas
independientes, destituyendolos de la protección
del Acta de Normas Laborales Justas.
La
combinación de salarios bajos mas la falta
de trabajo durante todo el año o de trabajo
a tiempo completo, relega a casi dos tercios de
los trabajadores migratorios a niveles de vida
por debajo del nivel de pobreza. Si reciben un
sueldo por hora, como es el caso del 66 por ciento
de los trabajadores migratorios, los trabajadores
agrícolas reciben en promedio $4.47 por
hora. Si se utiliza el sistema de pago por pieza
(o a destajo) de acuerdo a la productividad, el
salario promedio es de $6.94 por hora. A pesar
de sus esfuerzos en una constante búsqueda
de un trabajo tras otro al seguir el sendero migratorio
marcado por los cultivos estacionales, los inmigrantes
trabajan un promedio de solo 29 semanas al ano,
disponiendo de una mediana de ingreso de $5,000
al ano, o menos de $2,50 por hora al anualizar
dicho ingreso.
Las
consecuencias netas de la pobreza de los trabajadores
del campo van mas allá de los 670.000 trabajadores
que migran. En total, hay mas de un millón
de personas que dependen de los ingresos del trabajo
migratorio en el campo. Mas de 400.000 familiares
viajan con los migrantes o viven en los Estados
Unidos durante la migracion. El 83 por ciento
de estos son niños menores de 14 añosde
edad y 73 por ciento de ellos vive en la pobreza.
C. El salario mínimo y la Productividad
El
bajo nivel del salario mínimo de Estados
unidos y los salarios de miseria en la Industria
de la Manzana del Estado de Washington, y en el
sector agrícola en general, contrastan
con el acelerado crecimiento de la productividad
en esos sectores. La productividad por trabajador
se ha duplicado en añosrecientes en la
medida que los empresarios han introducido la
utilización de nuevas tecnologías
e integran verticalmente sus operaciones.
De
acuerdo a como lo describe el New York Times,
"Los propietarios absentistas de las corporaciones
mandan traer personal de México quienes
con una eficiencia de línea de ensamblaje
recogen la fruta de los árboles ... las
decisiones son tomadas con ayuda de computadoras,
satélites y comunicación vía
internet que conecta a los distribuidores con
mercados internacionales."
Durante
su campana de impulso al TLCNA en 1993, el presidente
Clinton logro que México se comprometa
a garantizar que el salario mínimo en México
sea aumentado en conformidad con la productividad.
Los Estados Unidos deben adherirse a standares
no mas bajos que los exigidos para México
al establecer sus propias normas laborales en
cumplimiento con sus obligaciones bajo el ACLAN.
Obligación del Articulo 3 del ACLAN: Medidas
Gubernamentales para la Observancia de Leyes Laborales.
En
1980 el Departamento del Trabajo de E.E.U.U. contaba
con mas de 1,000 inspectores de sueldos y horas
de empleo. Este numero fue reducido a cerca de
700 en 1994. El manual mas importante de ley laboral
de la nación afirma que "Es cuestionable
que el Departamento de Labores este aplicando
el Acta de Normas Laborales Justas (FLSA) de manera
efectiva," citando reportes de la GAO (Oficina
General de Contabilidad) que concluyen que "el
incumplimiento con los requisitos de salario mínimo,
horas extras y mantenimiento de los records de
provisiones de la FLSA ha representado un serio
y continuo problema ... la falta de personal reduce
la posibilidad de que cambios mayores sean inminentes
en cuanto a la observancia de dichas normas."
PRINCIPIO
LABORAL 9 : PREVENCIÓN DE LESIONES Y ENFERMEDADES
OCUPACIONALES
Prescripción
y aplicación de normas que minimicen los
factores que causan Lesiones y Enfermedades ocupacionales.
Obligación
del Articulo 2 del ACLAN: Niveles de Protección
La
ley laboral de E.E.U.U.no prevee altas normas
de salud y seguridad laboral y los Estados Unidos
no ha seguido esforzándose por mejorar
dichas normas. El saldo promedio diario en los
lugares de trabajo en E.E.U.U. es de 17 muertes
en accidentes, 137 muertes por enfermedades ocupacionales
y 16,000 trabajadores lesionados.
De
acuerdo a la Oficina de Estadísticas Laborales
de E.E.U.U.(BLS), los trabajadores del campo sufren
la tasa mas alta de enfermedades relacionadas
con sustancias químicas que cualquier otro
grupo ocupacional; la tasa es de 5.5 por 1,000
trabajadores. De acuerdo a estimados de la Agencia
de Protección del Medio Ambiente (EPA)
mas de 300.000 trabajadores del campo sufren de
agudas enfermedades causadas por envenenamiento
causado por pesticidas cada ano. El estar expuesto
a pesticidas en el trabajo puede causar enfermedades
crónicas tales como cáncer, nacimientos
con defectos y danos neurologicos.
A.
Falta de Normas concernientes a Productos Químicos
Peligrosos
De
70,000 químicos de alto riesgo utilizados
en la producción industrial de E.E.U.U.,
la Administración de Salud y Seguridad
Ocupacional (OSHA) solo ha establecido normas
para 27 de ellos - en promedio, esto significa
una norma de un producto químico por año
desde la fundación de la OSHA en 1970.
La OSHA se toma de 5 a 10 añospara adoptar
una nueva norma.
B.
Falta de Normas Ergonomicas
Enfermedades
y lesiones relacionadas con riesgos ergonomicos
en el lugar de trabajo es el problema de salud
y seguridad mas grave que hoy día enfrentan
los trabajadores en los Estados Unidos, y dichas
enfermedades y lesiones están creciendo
a una tasa epidemial. A pesar de las demandas
que ya por un largo plazo han estado haciendo
los trabajadores, sindicatos y profesionales públicos
de la salud, la legislación laboral de
E.E.U.U. no prevé normas ergonomicas de
protección en contra de lesiones causadas
por movimientos repetitivos las cuales afectan
a trabajadores en muchas industrias, incluyendo
la Industria de la Manzana de Washington. El numero
de días de trabajo perdidos por motivo
lesiones y enfermedades ocupacionales que involucra
casos relacionados con normas ergonomicas fue
de 32 por ciento en 1994 en el Estado de Washington.
Por un tiempo, a peticion de grupos de empresarios,
el Congreso incluso le prohibio a OSHA poner esfuerzos
en desarrollar normas ergonomicas.
C. Falta de Normas Sobre el Derecho-a-Información,
Supervisión Médica y Sistemas de
Procesamiento Cerrados
Las autoridades estatales y federales no han establecido
una norma que conceda el derecho a los trabajadores
de "enterarse" acerca de los riesgos
de utilización de pesticidas. Tampoco hay
requisitos obligatorios por parte de las autoridades
de exigir pruebas de sangre para los trabajadores
si estos manejan pesticidas tóxicos de
alto riesgo. Los trabajadores ignoran si están
alcanzando o no el limite de alto riesgo. La supervisión
médica periódica es una medida importante
de protección de la salud que previene
enfermedades agudas y crónicas.
Autoridades
federales y estatales no han adoptado una norma
de requerir un sistema cerrado para mezclar y
verter los pesticidas. Los trabajadores realizan
esta labor echando a mano materiales de alta concentración
tóxica en los depósitos al aire
libre. A la vez enfrentan un alto riesgo de derrames,
riesgos y escapes. Este riesgo seria eliminado
con la utilización de un sistema cerrado.
D. Debilitamiento de las Normas
La
Agencia de Protección del Medio Ambiente(EPA)
tiene jurisdicción sobre pesticidas agrícolas.
EPA realmente ha reducido los niveles de protección
de los trabajadores del campo. En 1995, EPA hizo
cambios reguladores que puso a los trabajadores
del campo a un creciente riesgo de envenenamiento
y muerte. Para mas de 100 pesticidas, el período
de "reingreso" que los trabajadores
deben obligatoriamente esperar para entrar a un
campo después de la fumigación con
pesticidas, fue acortado de 12 horas a 4 horas.
EPA también debilito las reglas que exigen
a los patrones proveer entrenamiento a los trabajadores
antes de entrar a las áreas expuestas a
químicos tóxicos. Bajo el nuevo
reglamento, los patrones pueden enviar a los trabajadores
dentro de esas áreas por mas de 5 días
sin que entrenamiento alguno sea requerido.
E. EL Estado de Washington: 4to. lugar en Lesiones
y Enfermedades, 41avo. en Penalidades
Las
condiciones de seguridad y salud en el Estado
de Washington atraviesa una etapa critica. El
Estado de Washington ocupa el lugar numero 4 entre
los 50 estados con relación a la tasa de
lesiones y enfermedades en el lugar de trabajo,
con 10.5 lesiones y enfermedades por cada 100
trabajadores. Sin embargo, ocupa el lugar 41 en
relacion al promedio de las multas aplicadas a
los patrones por violacion de los estandares de
la OSHA.
Tan
recientemente como el 27 de julio de 1997, 100
trabajadores de una empacadora de manzanas del
Estado de Washington se desmayaron por vapores
de monóxido de carbono proveniente de la
maquinaria de la planta, tuviendo que ser hospitalizados.
Fue reportado que un supervisor de la planta,
se rehusó a dejar ir a los empleados cuando
primeramente se quejaron de sentirse enfermos.
Disculpandose por la demora, otro gerente explico
que "si un supervisor pensó que un
trabajador estaba fingiendo o dando una excusa
falsa, el supervisor podía cuestionar lo
que ellos afirmaban." Un inspector del Departamento
del Trabajo del estado afirmo que no es raro que
las empacadoras tengan problemas con monóxido
de carbono y que su oficina ha investigado incidentes
similares.
F. Riesgos Causados por Pesticidas en el Sector
Agrícola del Estado de Washington
En
el Estado de Washington durante el período
de 1987-1990, los trabajadores del campo han experimentado
una tasa de envenenamiento sistemico que fue 3,2
veces mas alta que la tasa asignada a todos los
trabajadores en el Estado, y la tasa de enfermedades
por tóxicos fue 2,2 veces mas alta. La
tasa de enfermedad del sistema respiratorio fue
2,4 veces la norma, y la tasa de enfermedad de
la piel fue 3,9 veces la norma.
Los
pesticidas de alta concentración tóxica
son muy comúnmente utilizados en la agricultura
del Estado de Washington y en la industria de
la manzana. En 1993, 27 trabajadores del campo
fueron hospitalizados después de estar
expuestos a Phosdrin, un insecticida altamente
tóxico. Solo unas gotas de esta materia
puede causar enfermedades agudas como, ceguera,
quemaduras graves y muerte. Muchos de los trabajadores,
a no ser por el tratamiento médico de emergencia
recibido, probablemente hubieran muerto.
Otros
pesticidas mucho mas tóxicos superan la
utilización de Phosdrin. Por ejemplo, Guthion
es aplicado un promedio de tres veces al año
al 90 por ciento de la cosecha de manzanas de
Washington. En junio de 1993 después de
que un campo vecino fue fumigado con Guthion,
55 trabajadores de manzanas reportaron síntomas
como nauseas, jaquecas y mareos.
El
Departamento de Trabajo e Industrias del Estado
de Washington reconoció que los incicentes
reportados solo representaban la punta del témpano
ya que las enfermedades ocupacionales entre los
trabajadores agrícolas son reportadas en
su gran mayoría. Un estudio de 47 trabajadores
del Estado de Washington que indicaba problemas
de salud ocasionados por la exposición
a los pesticidas, comprobó que solo uno
de los 47 presento una demanda para recibir compensación.
La
Oficina General de Contabilidad (GAO) ha mencionado
que "La intimidación de los trabajadores
por parte de los patrones" es el factor explicativo
mas importante de la escasez de reportes de enfermedades
ocupacionales por parte de los trabajadores agrícolas.
Como un trabajador del valle de Yakima testifico
en un una audiencia publica de EPA, 'Muchos trabajadores
del campo no progresan porque no quieren perder
sus trabajos. A los empresarios agrícolas
no les importamos. A ellos solo les importa conseguir
su fruta." Ella anadio que los trabajadores
hispanos tienen temor de poner demandas o ir al
doctor por enfermedades relacionadas con los pesticidas
porque los empresarios agrícolas (o productores)
los amenazan. Otro trabajador testifico sobre
el mismo asunto, afirmando que los productores
le dicen a sus trabajadores que partearían
sus trabajos si informan de algo a las autoridades
de afuera o al doctor.
Estudios sobre Casos de Intimidación por
parte de los Patrones
Dos
ejemplos concretos ofrecen una dramática
confirmación de estas versiones. La una
trata del despido de siete trabajadores de su
lugar de trabajo después del inicio de
una investigación sobre su envenenamiento.
Los trabajadores fueron fumigados y continuamente
apurados de un lugar a otro mientras limpiaban
en un huerto viento abajo donde se estaba fumigando
con Thiodan, un pesticida altamente tóxico.
Cuando uno de los trabajadores le dijo a su patrón
que se sentía mal por los efectos del pesticida,
el patrón les dijo que regresaran a trabajar
al huerto a menos que quisieran perder su trabajo.
Los trabajadores regresaron a trabajar, exponiendose
una vez mas al tóxico y se enfermaron aun
mas. Padecían de temblores, quemaduras,
irritación de los ojos, visión empanada,
graves jaquecas, nauseas, dolor de estómago,
erupción cutanea y desorientación.
Los trabajadores fueron despedidos cuando los
asesores de servicios legales solicitaron a las
agencias estatales la investigación de
los envenenamientos.
En
otro caso, un trabajador fue despedido después
de avisarle al supervisor del huerto que le faltaba
una pieza a su máscara de oxígeno.
El supervisor le respondió que no se preocupara
por la pieza que faltaba y que continuara fumigando.
El trabajador se enfermo y le informo al supervisor
que iba a ir al doctor. El día siguiente
el trabajador fue despedido y su familia fue expulsada
de la casa que habitaban dentro de la propiedad
de ese huerto.
Obligación del Articulo 3 del ACLAN: Medidas
Gubernamentales para la Observancia de Leyes Laborales
A.
Aplicación de las Regulaciones de OSHA
Estados
Unidos no promueve la observancia de las leyes
de salud y seguridad ocupacional a través
de medidas gubernamentales adecuadas. El numero
de inspectores de la Administración de
Seguridad y Salud Ocupacional (OSHA) ha sido reducido
de cerca de 1,400 en 1980 a menos de 1, 000 hoy
día. OSHA cuenta solo con 1,000 inspectores
estatales en 22 estados que han adoptado "planes
estatales" para la aplicación de OSHA.
Los inspectores de OSHA tienen que cubrir mas
de 6 millones de lugares de trabajo y casi 100
millones de trabajadores. Con el actual nivel
de inspección y de personal, le tomaría
a OSHA 167 añosinspeccionar cada lugar
de trabajo bajo su jurisdicción.
El
presupuesto de OSHA, ajustado a la inflación
es ahora mas bajo que el presupuesto en 1975.
Los recortes al presupuesto en añosrecientes
de hecho han reducido el numero de inspecciones,
al mismo tiempo que el numero de lugares de trabajo
ha crecido. En el año fiscal de 1996 ,
OSHA condujo unas 24,000 inspecciones de los lugares
de trabajo. El numero de inspecciones en 1996
fue menor que las 29,000 inspecciones realizadas
en 1995. En 1995, el numero de inspecciones fue
31 por ciento mas bajo que las inspecciones en
el año fiscal 1994. En su totalidad, la
observancia de normas de salud y seguridad ha
disminuido de acuerdo a la siguiente escala de
1994 a 1995:
* Inspecciones totales disminuyeron en un 31 por
ciento
* Inspecciones de seguridad disminuyeron en un
35 por ciento
* Inspecciones de salud disminuyeron en un 20
por ciento
* Inspecciones de quejas disminuyeron en un 10
por ciento
* Inspecciones de accidentes disminuyeron en un
5 por ciento
* Inspecciones en plantas manufactureras disminuyeron
en un 21 por ciento
* El numero de empleados bajo la protección
de inspectores de OSHA disminuyo en un 29 por
ciento.
De
1995 a 1996, recortes adicionales redujeron las
operaciones de OSHA en mas de 15 por ciento: reducción
a $22 millones para inspección y aplicación;
$ 5 millones menos para asesorar a pequeños
empresarios; $3 millones menos para asistencia
técnica y capacitación; $2,5 millones
menos para colección de datos; $1,5 millones
menos para establecimiento e interpretación
de normas. OSHA ha hecho algunas restituciones
al presupuesto pero están aun bajo el nivel
requerido para la aplicación efectiva de
las regulaciones.
B. Comisiones obrero-patronales
La
ley de E.E.U.U. no fomenta el establecimiento
de comisiones obrero-patronales para tratar asuntos
de seguridad y salud, en contradicción
a la obligación asumida por Estados Unidos
en el Articulo 3(1) (e) del ACLAN. OSHA no requiere
la formación obligatoria de comites obrero-patronales
para salud y seguridad en los lugares de trabajo
en E.E.U.U. Solo uno de los 50 estados ha promulgado
dicho requisito en su jurisdicción. El
Estado de Washington no ha promulgado dicho reglamento.
Los
lugares de trabajo que carecen de sindicato tienen
temor de poner demandas de quejas ante OSHA, o
acompañar a los inspectores de OSHA durante
su inspección ya que temen que los patrones
tomen represalias en su contra. Lo cierto es que
muchas empresas acostumbran a recompensar a aquellos
trabajadores que no reportan lesiones o enfermedades
relacionadas con el trabajo; los premios incluyen
desde chaquetas, tasas, cenas gratis hasta aparatos
para el entretenimiento en el hogar, camiones
y bonos en efectivo.
Las investigaciones revelaron que algunas empresas
han subcontratado algunos trabajos de alto riesgo
a agencias de trabajadores temporarios para evadir
la responsabilidad prevista por la ley.
C.
Observancia de Regulaciones Sobre el Uso de Pesticidas
en la Industria de la Manzana del Estado de Washington
EPA
ha delegado la aplicación de normas agrícolas
de los pesticidas a las autoridades del Estado
de Washington. No obstante, el Departamento de
Agricultura dispone de solo 12 inspectores para
la aplicación de normas sobre uso de pesticidas
en esta masiva industria.
Hay
8,700 compuestos químicos utilizados por
la multibillonaria industria agrícola en
el Estado de Washington. En miles de huertos de
manzanas, miles de trabajadores utilizan los pesticidas.
Decenas de miles de trabajadores entran a los
huertos después de la fumigación
con pesticidas a realizar la cosecha.
Memorándumes
confidenciales de EPA publicados por el Seattle
Post- Intelligencer en un reportaje investigativo
pone en entre dicho a las autoridades del Estado
de Washington, en su "habilidad y voluntad"
de aplicar la ley sobre uso de pesticidas en la
industria agrícola. Un memorándum
declara que la agencia gubernamental de aplicación
"ha hecho muy poco o nada para mejorar el
repetido esquema de deficiencias de sus investigaciones
y aplicación de las normas (regulatorias
de pesticidas)."
Otro
documento obtenido por el Post - Intelligencer
sugería que inspectores estatales que han
tratado de aplicar los reglamentos para garantizar
la observancia "encontraron obstáculos
internos que no pudieron traspasar." Otros
percibieron que la respuesta del estado "llego
al grado de negligencia," cuando en una oportunidad
se usaron aviones para la aplicación de
pesticidas y se fumigo un refugio de fauna salvaje
y a lo largo de un canal de irrigación.
El
director ejecutivo del Consejo del Medio Ambiente
de Washington caracterizo a las autoridades gubernamentales
como "una industria subordinada, que defiende
la utilización de los pesticidas con mas
fervor que los agricultores, incapaz de llevar
a cabo investigaciones serias." Un vocero
de la industria declaro: "Por añoshe
venido observándolos , y tengo una gran
confianza en que ellos nos han estado protegiendo."
Obligación del Articulo 5 del ACLAN: Garantías
Procesales
A. Complicaciones Innecesarias y Demoras Injustificadas
La
ley de E.E.U.U. no prevé que los procedimientos
para la aplicación de sus leyes de salud
y seguridad no sean innecesariamente complicadas
y no impliquen demoras injustificadas. Las demoras
son muy comunes en el procedimiento de aplicación
de las regulaciones de OSHA. Hay varias etapas
de investigación, tribunales y apelaciones
que pueden tardar añoshasta que sean concluidas.
Durante el tiempo de litigación del caso,
el patrón no tiene que emprender ninguna
acción para remediar el peligro o hacer
algún tipo de gastos. Señalando
un caso donde ocurrió un accidente en 1972,
la adjudicación final no sucedió
sino hasta 1981, estudiosos de OSHA llegaron a
la conclusión que "este sistema fomenta
demoras."
B. Falta de Reparaciones Efectivos
La
ley de E.E.U.U. no prevé que cada una de
las partes tengan acceso a recursos que hagan
efectivos sus derechos. Reparaciones en conformidad
con OSHA no garantizan la aplicación de
las normas de salud y seguridad. Las penalidades
de OSHA se han convertido meramente en costos
operativos normales para muchos empresarios. A
pesar de que el Acta autoriza multas de mas $7,000
por violaciones "graves" de OSHA (definidas
como causar la muerte o serios danos físicos),
la penalidad en promedio propuesta por una violación
grave es $645. Estas penalidades son generalmente
reducidas a la mitad o menos de esta suma.
En
el Estado de Washington, oficiales gubernamentales
investigaron solo 259 quejas por parte de los
trabajadores en todo el año 1995 --lo cual
es una evidencia mas de que el escaso numeros
de casos reportados por violaciones de salud y
seguridad representa un problema no resuelto.
Violaciones fueron comprobadas en 87 de los casos.
Multas fueron aplicadas en 16 casos, y la multa
promedio pagada por los patrones que habían
violado los regulaciones sobre pesticidas fue
de $325 dólares.
El
director de la agencia de regulacion del uso de
pesticidas del Estado de Washington ha reconocido
públicamente que su agencia ha fracasado
en imponer multas y penalidades en contra de los
violadores, atribuyendo este fracaso a la legislatura
del estado sobre la que los productores ejercen
presión por medio de cabildeo. ''Algunos
asuntos están fuera de nuestro control,"
afirmo, señalando que la ley de 1995 impide
a las agencias reguladoras de imponer multas o
cualquier penalidad insignificante en contra de
alguien que viola las reglas antes de que el malhechor
tenga acceso a asesoría técnica
"mas amistosa." "Solo estamos autorizados
a enviar una carta de advertencia y ofrecer asistencia
técnica," explico. "No podemos
hacer nada" concluyo.
PRINCIPIO
LABORAL 10: INDEMNIZACIÓN EN CASOS DE LESIONES
DE TRABAJO O ENFERMEDADES OCUPACIONALES
El
establecimiento de un sistema que prevea beneficios
y compensaciones para los trabajadores o para
quienes dependen de ellos en caso de lesiones
ocupacionales, accidentes o muerte surgidos durante
el trabajo, en coneccion u ocurridos con motivo
del mismo.
Obligación
del Articulo 3 del ACLAN: Medidas Gubernamentales
para la Observancia
La compensación de los trabajadores en
E.E.U.U. esta generalmente bajo la jurisdicción
del estado. Los oficiales gubernamentales para
la aplicación de Washington disuaden a
los trabajadores de reclamar indemnización
por enfermedades relacionadas con pesticidas,
y rechazan tales demandas a una tasa mas alta
que otras demandas.
En
1995 solo 245 trabajadores del campo de las decenas
de miles de trabajadores agrícolas del
Estado de Washington, pusieron demandas de indemnización
debido a enfermedades relacionadas con los pesticidas.
Esto representa solo .01 por ciento de las demandas
puestas por todas las industrias, a pesar de la
dimensión de la industria agrícola
en El Estado de Washington. De estas demandas,
98 (40 por ciento) fueron rechazadas. La tasa
de rechazo aumento exponencialmente desde solo
dos años atrás, cuando solo el 6
por ciento de las demandas relacionadas con pesticidas
fueron rechazadas.
PRINCIPIO LABORAL 11: PROTECCIÓN DE LOS
TRABAJADORES MIGRANTES
Proporcionar
a los trabajadores migratorios en territorio de
cualquiera de las Partes la misma protección
legal que a sus nacionales, respecto a las condiciones
de trabajo.
Antecedentes
La
legislación laboral de E.E.U.U. en muchas
areas no provee a los trabajadores migratorios