Frente Auténtico del Trabajo

Análisis, El estado corporativo y el movimiento obrero

 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 
 


El Estado corporativo y
el movimiento obrero


Jorge Robles
Emiliano Robles
Dale Hataway
Luis Angel Gómez
(FAT)


"Lenin, después de haber instituido los Consejos de fábrica, los ha suprimido rem-plazándolos por dictadores. (...) Las tres naciones que llevan en germen las más grandes posibilidades de desarrollo y de porvenir son, actualmente, en Europa, Ru-sia, Alemania e Italia, y es precisamente en estas tres naciones donde el movimiento social y espiritual camina indudablemente hacia la derecha. (...) El siglo de la demo-cracia muere en 1919-20."
Benito Mussolini

I.- El Sistema

1.-Una corporación (del latín corporati; cuerpo), es simplemente cualquier agrupa-ción de individuos con intereses más o menos comunes o con características si-milares; puede tratarse de sindicatos obreros, cámaras patronales o colegios de profesionistas, cuya obligación fundamental es el seguimiento de la norma esta-tutaria con la que fue constituida y el cumplimiento de la legislatura correspon-diente a su especialidad.

El sistema corporativo (corporativus):

representa una forma especial de actividad de gobierno del Estado, que en orden a la Economía, regula los problemas relativos a la producción, a la distribución y a la circulación de la riqueza.”

“Es indudable que dada la crisis general del capitalismo, en todas partes se impondrán soluciones de tipo corporativo ; más para llegar al corporativis-mo pleno, integral, y revolucionario, se requieren tres condiciones :
Un partido único, que permita la acción de la disciplina política, (...) un Es-tado totalitario, es decir un Estado que absorba en sí mismo todas las ener-gías, todos los intereses y todas las esperanzas de un pueblo para trans-formarla y darles fuerza, (...) : tercera y última condición, la más importante de todas : vivir un periodo de alta tensión...”

“Nuestro Estado no es absoluto y menos absolutista, que se mantiene lejos de los individuos, armado solamente con leyes inflexibles como deben ser las leyes.

La característica principal del corporativismo, es la sumisión voluntaria o impuesta a la voluntad única de un Estado conformado por distintas Corpo-raciones gremiales y sociales (sectores dirían en México), que al ser obliga-torias, funcionan como correas de transmisión entre las políticas del Estado y los ciudadanos, por medio de acuerdos nacionales, pactos sociales o alianzas para el crecimiento... por poner algunos ejemplos.

El proyecto corporativo nace y en Italia, a principio de los años 20 por Benito Mussolini ; adoptado como proyecto, poco después por el Partido Nacionalso-cialista de los Trabajadores Alemanes, los nazis y por la Falange española con Francisco Franco como caudillo; jugó un papel determinante en la reestructura-ción económica de Italia, España y Alemania, que consumidos por una terrible crisis económica y política, consiguieron aglutinar en torno al Estado, apoyo po-pular suficiente para implementar reformas que amainaran parte de la miseria so-cial propia de una posguerra.

El Partido Nacional Fascista se funda en Noviembre de 1921, Partido nacional Socialista de los Trabajadores Alemanes en febrero de 1921; el Partido Na-cional Revolucionario en marzo de 1929, poco después del asesinato de Obre-gón, coincidentemente cuando Il Duce Mussolini esta en la cúspide de su poder .
Así pues :

2.-El corporativismo es la integración obligatoria de los ciudadanos de un país, al aparato de Estado por medio de corporaciones gremiales, con la finalidad de ga-rantizar, por medio del principio de autoridad, el cumplimiento de los proyectos del Estado; Es menester contar con apoyo popular para que la maquinaria jerárquica funcione a la perfección y que mejor que conquistar, o mejor dicho, seducir al pueblo, para que asuma como propio el proyecto corporativo bajo el viejo esque-ma de la servidumbre voluntaria o en palabras de Erich Fromm, el miedo a la libertad.

3.-El corporativismo utiliza a las organizaciones, es decir a las corporaciones, como correa de transmisión que unen al individuo con el aparato de Estado, in-tentando garantizar de manera eficaz la aplicación de la ley respectiva en cada sector, tratando de mantener el control social de toda la población.

El Estado corporativo recurre al proyecto ideológico llamado nacionalismo, donde define como realidad única la intangible idea de nación :

"DEL ESTADO CORPORATIVO Y DE SU ORGANIZACIÓN

I. La Nación es un organismo que posee fines, vida, medios de acción su-periores en potencia y en duración a los individuos aislados o agrupados que la componen. Es una unidad moral, política y económica que se realiza íntegramente en el estado Fascista.

II. El trabajo, bajo todas sus formas organizadora y ejecutiva, intelectual, técnica, manual, es un deber social. A este titulo, y solo en el bienestar de los individuos y en el desarrollo de la potencia de la nación.
(...)
IX. La intervención del Estado en la producción económica tiene lugar sólo cuando falte o sea insuficiente la iniciativa privada o cuando estén en peligro los intereses políticos del Estado. Tal intervención puede asumir la for-ma de control, de ayuda y de gestión directa.
"


4.-El primer elemento y más importante es esta definición de nación como reali-dad fundamental y motivo de unidad:

"El mayor de los obstáculos que se oponen al acercamiento del obrero de nuestros días a la comunidad nacional, no radica en la representación de sus intereses, sino en la actitud hostil a la nación y a la patria que asumen sus dirigentes internacionalistas. Guiadas bajo una orientación fanática-mente nacional en cuestiones políticas y en aquellas que afectan a los inte-reses del pueblo, las mismas asociaciones sindicalistas podrían - prescin-diendo de las controversias locales de índole netamente económica - con-vertir a millones de obreros en valiosisimos elementos de la nacionalidad.

"Indudablemente el obrero atenta contra el espíritu de una verdadera co-munidad nacional en el momento en que, apoyado en su poder, plantea exigencias perturbadoras, contrarias al bien público y a la estabilidad de la economía nacional; del mismo modo, no atenta menos contra esa comuni-dad el patrón que por medios inhumanos y de explotación egoísta, abusa de las fuerzas nacionales de trabajo, llenándose de millones a costa del su-dor del obrero.

La fuente en la cual nuestro naciente movimiento deberá reclutar a sus adeptos será, en primer termino, la masa obrera. La misión de nuestro mo-vimiento en este orden consistirá en arrancar al obrero alemán de la utopía del internacionalismo, liberarle de su miseria social y redimirle en un valioso factor de unidad, animado de sentimientos nacionales y de una voluntad igualmente nacional en el conjunto de nuestro pueblo."

Determinada la nación como realidad única indivisible e indiscutible, el Estado Totalitario se define a sí mismo como el representante indiscutible de la nación.

5.-Pero la oferta nacionalista no es suficiente para seducir al pueblo; el Estado, representante único de la nación, se define a si mismo como un Estado protector comprometido con los sectores más vulnerables de la nación: La obligación del Estado es la de :

"asegurar que todo ciudadano tenga oportunidad de vivir una vida decente" y si la crisis arrecia, si el trabajo y la riqueza no alcanza para todos "los ex-tranjeros deben ser expulsados del Estado”.

Legislación corporativa española, marzo de 1938, Fuero del trabajo:

"Capitulo II. Primero.- El Estado se compromete a ejercer una acción constante y eficaz en defensa del trabajador, su vida y su trabajo.

Limitara convenientemente la duración de la jornada, para que no sea ex-cesiva, y otorgará al trabajo toda suerte de garantías de orden defensivo y humanitario. En especial, prohibirá el trabajo nocturno de las mujeres y niños, regulará el trabajo a domicilio y libertará a la mujer del taller y de la fá-brica."

"Capitulo III: Primero.- La retribución del trabajo será como mínimo, sufi-ciente para proporcionar al trabajador una vida moral y digna.

Segundo.- Se establecerá el subsidio familiar por medio de organismos adecuados.

Quinto.- Através del Sindicato, el Estado cuidará de conocer si las condicio-nes económicas y de todo orden en que se realiza el trabajo, son las que en justicia corresponden al trabajador.

Sexto.- El Estado velará por la seguridad y continuidad en el trabajo.

"Capitulo X: Primero.- La previsión proporcionará al trabajador, la seguridad de amparo en el infortunio.

Segundo.- Se incrementarán los seguros de vejez, invalidez, maternidad, accidentes de trabajo, enfermedades profesionales, tuberculosis y paro for-zoso, tendiéndose a la implantación de un seguro total. De modo primordial se atenderá a dotar a los trabajadores ancianos de un retiro suficiente."

"Capitulo XIV: Primero:- El Estado dictará las oportunas medidas de protección del trabajo nacional en nuestro territorio, y mediante Tratados de tra-bajo con otras potencias, cuidará de amparar la situación profesional de los trabajadores españoles residentes en el extranjero."


Del programa Nazi (1920):

El trabajo es un deber de todo ciudadano (1);
El trabajo es la única fuente honesta de ingresos (10 y 11);
Confiscación de todos los grandes consorcios industriales sin indemniza-ción (13);
Pena de muerte a usureros, especuladores y explotadores (18);
Expropiación y colectivización de todos los grandes almacenes comerciales (16);
Aumento efectivo a jubilados y pensionados (15);
Expropiación sin indemnización de toda la tierra que fuere necesaria para que todo campesino cuente con parcelas propias acompañadas de la abo-lición de la renta de la tierra y el principio de inafectabilidad de la propiedad del campesino (17).


6.-La variante italiana no se quedó atrás: Impulsó las tomas de tierra y las tomas de fábrica (1919-20); dirigió la lucha contra la censura en la prensa (1919) , for-mó la Cámara Sindical del Trabajo, organización de carácter nacional y pilar de la Confederación Nacional de Corporaciones, que agrupaba a cualquier ciudadano dispuesto a sacrificar sus demandas particulares en bien de la nación , asisten-cia medica y previsión social a pescadores y medieros, reglamentación del trabajo a domicilio, capacitación profesional a trabajadores, indemnización en caso de despido, reglamentación del trabajo de mujeres y niños (1936) , semana de cuarenta horas (1935) y :

1.º El perfeccionamiento del seguro de accidentes
2.º La mejora y el aumento del seguro de maternidad
3.º El seguro de enfermedades profesionales y de la tuberculosis como tendencia al seguro general entre todos las enfermedades
4.ºEl perfeccionamiento del seguro contra la desocupación involuntaria
5.ºla adopción de formas especiales aseguradoras dotalicias para trabajadores jóvenes.

7.-En México el proyecto corporativo se vislumbra ya desde 1915 con el intento de agrupar a los trabajadores de la Casa del Obrero Mundial (COM) alrededor del constitucionalismo y si bien se formaron los famosos batallones rojos, ningún sin-dicato de los 23 afiliados a la Casa lo firmó. Existió solo una excepción el caso del sindicato tranviario, cuando su secretario general, según él, fue secuestrado y obligado a firmar algunos documentos en blanco, comprometiendo a los tranvia-rios, en contra de su voluntad, afiliarse al constitucionalismo. No es casual que el principal promotor y negociador por parte de los constitucionalistas fue el pintor Gerardo Murillo (Dr. Atl), quien años después, durante la segunda guerra mundial, manifestó abiertamente su simpatía por los nazis.

De esa experiencia nace el proyecto de formar una central sindical ligada al Esta-do; a convocatoria expresa del gobernador de Coahuila, Espinosa Mireles, nace la Confederación Regional Obrera Mexicana (CROM) con Napoleón Morones a la cabeza. A menos de un año de vida (1919), sus dirigentes forman el Partido Labo-rista através del cual, consolidan su alianza con el Estado, recibiendo sus respec-tivas cuotas de poder como gobernaturas, diputaciones y hasta una cartera en el gabinete de Calles.

El carisma (Weber) de Adolfo De la huerta y Alvaro Obregón, se acercaba más al populismo (bonapartismo diría Gily) que al fascismo; El primero, presidente interi-no después del asesinato de Carranza, se apoyó abiertamente en los movimiento huelguísticos, inclusive presionó a las empresas para que cedieran en los con-flictos.

Por su parte Obregón, compartió la medicina amarga de la represión con la dulce del dialogo, acorralando sin poder vencer a la central independiente de la época, la anarcosindicalista Confederación General de Trabajadores (CGT).

9.- De la huerta se levanto en armas en el '24 por no ser el elegido de Obregón, a la presidencia de la república. La reelección del propio Obregón en el '28, la mul-titudinaria lista de micropartidos en los cuales se apoyaba Calles para gobernar, el conflicto cristero, la experiencia de la CROM como central obrera corporativa y la necesidad de integrar al sistema a empresarios (la COPARMEX nace en 1929) , el auge ascendente de los partidos fascistas en el mundo y la necesidad de controlar desde el centro, el reparto del poder, mueve a Calles fundar el Parti-do Nacional Revolucionario.

La primer tarea de carácter urgente es la de reglamentar corporativamente el articulo 123 constitucional para convertirlo en el elemento más importante de control del movimiento obrero.

10.- Veamos algunos de los rasgos característicos de las legislaciones con tintes corporativos, en la cual se inspira buena parte de la Ley federal del Trabajo :

A.- El Estado funciona por medio de estructuras corporativas de índole político (partido políticos), económico (sindicatos obreros y cámaras patronales), financie-ro (banco central), social (instituciones de seguridad social) y cultural (universida-des y centros educativos).

B.- Colaboración y corresponsabilidad tanto del aparato sindical como de la pa-tronal en las políticas del Estado.

C.- Respeto a la propiedad privada ; Esto no evita que el sistema corporativo le entre al quite y expropie grandes consorcios industriales (Mussolini : “Italia debe seguir siendo una Nación con economía mixta” ), o promueva la formación de grandes cooperativas de producción y consumo, ( caso Mondrangón en Espa-ña), todo bajo control directo del Estado.

D.- Respeto si es necesario, del principio de libertad sindical (¡¿ ?¡)... pero reco-nociendo el derecho de interlocución solo a los sindicatos corporativos :

Aquellos que no figuren inscritos en el Sindicato (reconocimiento del princi-pio de libertad sindical), son de derecho igualmente representados por éste, para la protección de sus intereses.”

E.- Sumisión total por parte de los trabajadores y patrones al principio del corpo-rativismo, asumiendo los acuerdos, pactos, reglamentos, condiciones de trabajo y productividad acordados por la autoridad.

F.- Conciliación y arbitraje por parte del Estado, por medio de estructuras corpo-rativas.

El caso de los trabajadores al servicio del Estado, es considerado como una “de-legación” de responsabilidad por parte de la autoridad, así que ¿para que se ne-cesita un sindicato? Y si se insiste mucho, que mejor que un sindicato único, obli-gatorio y corporativo.

11.-Insistimos que el elemento ideológico más importante de los sistemas corpo-rativos, en donde radica la justificación de su acción, está en la autodefinición del Estado como encarnación jurídica de la nación ; acción que es complementada que es complementada cuando el Estado mismo designa ( Italia y Alemania) u otorga (España y México) la interlocución sindical.

En derecho laboral, la interlocución es un instrumento legal de procedimiento pro-veniente del derecho inglés ;

la interlocutoria era una acción restrictiva temporal, destinada a impedir daños irreparables a propiedades tangibles. Tal acción congelaba la posi-ción relativa de los dos antagonistas hasta que pudiera la disputa pudiera resolverse en el tribunal.(...) Solo requiere de la firma del juez y está apo-yada por toda la autoridad del tribunal para imponer multas y encarcela-mientos, de modo que puede destruir una manifestación de protesta y ter-minar con una huelga en cuestión de horas.”

El tribunal podía recibir pruebas de los sindicatos y mientras el juicio resolvía, la acción en contra de las empresas quedaba suspendida temporalmente hasta la resolución definitiva.

La necesidad de intervenir, ser oído y tomado en cuenta por los sindicatos se de-be a que la interlocutoria siempre coloca el peso de la ley del lado patronal. Esta necesidad fue y sigue siendo uno de los motivos explícitos por el cual algunos sindicatos aceptan colaborar con el Estado ; la trampa consiste en amenazar con dejar fuera a los trabajadores en las resoluciones de los tribunales laborales.

Algunos logran ser escuchados, pero a cambio le otorgan esa legitimidad que el sistema requiere para seguir funcionando correctamente ; No es un dialogo de iguales, es un dialogo entre subordinados y el poder :

La organización sindical o profesional es libre. Pero solamente el Sindicato, legalmente reconocido y sometido al control del Estado, tiene derecho a re-presentar legalmente a toda categoría de patronos o de trabajadores por la cual esta constituido”.

Para obtener el reconocimiento jurodico del Sindicato patronal u obrero por parte del Estado, su obtención está subordinada a la demostración de que las Asociaciones que aspiran a tal reconocimiento, poseen las cualidades necesarias para garantizar que los Sindicatos reconocidos están de llenar las funciones públicas importantes que les son delegadas por el Estado.(...) que los dirigentes ofrezcan garantías de capacidad, de moralidad y de pa-triotismo por encima de toda sospecha. ”

Notas

(1) Trabajo colectivo presentado en el seminario sobre Libertad Sindical 2001
(2) Mussolini, Benito, Seritti e discorsi. s.e., Milano, 1934. Vol.11, p. 182.
Se puede comprender mejor el proyecto obrero fascista, reflejada en la critica concreta al stalinismo en P. M. Baradi, Un fascista en los soviets, Editorial TOR, Buenos Aires, s.f. Fecha de la primera edición italiana 1933.
(3) Gay de Montellá, R. El Fuero del Trabajo y el sistema del Estado Sindical-corporativo, Librería San-tander, Valladolid, 1939, p.102
(4) Mussolini, Benito. Hacia el Estado Corporativo, citado por Cassigoli,... op. cit. pp.268-277
(5)El caso mexicano se da en un contexto también de postguerrar, donde los proyectos revolucionarios (Magón, Zapata y Villa), son derrotados militarmente por Venustiano Carranza, quien tampoco sobrevivió a su triunfo.

(6) La Boétie, Etienne de, El discurso de la servidumbre voluntaria, Tusquets editores, Barcelona, 1983
(7) Carta del Trabajo aprobada por el Gran Consejo del fascismo en 21 abril de 1927 y publicada en la Gaceta Oficial, 30 abril de 1927, nº. 100. Ver Anexos de este trabajo
(8) Hitler, Adolf, Mi lucha, Casa editorial Araluice, Barcelona , 1935. p.173
(9) Programa del Partido Nacionalsocialista de los Trabajadores Alemanes, 1920. Citado por Cole, op. Cit. Pp 46 y sig.
Ver Texto del preámbulo y del fuero del Trabajo de 9 de marzo de 1938 en el anexo de este trabajo
Cole, op.cit
Weiczen-Giuliani, Leo, Historia del socialismo europeo en el siglo XX, edicones Minerva, México, 1943, p. 186
Volpe, Gioacchino, Génesis del Fascismo, citado por Armando Cassigou, Antología del Fascismo Ita-liano, FCP-UNAM, México, 1976, p.311
Discurso pronunciado por S.E : Lantini, subsecretario de Estado para las Corporaciones, 23 de mayo de 1936, citado por Armando Cassiguo, op. cit., p. 344
Carta del trabajo, op. cit.
Robles, Jorge, Jorge Fernández y Jorge Jaber, Alrededor de 1915, el pacto, el Dr. Atl y las huelgas, po-nencia presentada al Primer Coloquio Regional de Historia Obrera, CEHSMO, México, 1978.
Mestre, Ricardo, entrevista con Jorge Robles, México DF, abril de 1995.
Robles, Jorge y Luis Angel Gómez, De la autonomía al corporativismo, memoria cronológica del mo-vimiento obrero 1900-1980, Atajo ediciones, México, 1995, pp. 31-47
Rosemberg, Florence y Margarita Zarate Vidal, Informe CGT, en Historia y crónicas de la clase obrera en México, ENAH-INAH, México, 1981
Hacia el estado... op. cit.
Complejo cooperativo de producción, fundado por la iglesia, que agrupa a cerca de 15 mil trabajadores, siendo el principal productor de hoja de lata en España. Cooperativa de nombre, que salto a la fama cuando más de 12 mil 500 socios estallaran la huelga a principios de la década del 70, echando por tierra el presunto buen nombre del consorcio.
Gay de Montellá, R., op. cit.. p. 83
Idem. p. 80
Para un análisis del apartado B y la reglamentación del trabajo al servicio de Estado ver : Arturo Alcalde Justiniani, Límites de la libertad sindical en el sector de la burocracia. Ponencia que se presentara en el Encuentro Iberoamericano de Derecho del Trabajo, Tlaxcala, Noviembre 1996, mec.
La legislación franquista reconoce el derecho de huelga hasta 1977; el derecho de los trabajadores a nego-ciar directamente con el patrón se reconoce en 1955
Interlocutor del lat. Interloqui, interrumpir, dirigir preguntas, dialogar.
Reynolds, Lloyd, Economía laboral y relaciones de trabajo, FCE, México, 1984, p.555
La Carta del Trabajo,(Italia), promulgada el 21-marzo-1927, art. 3.
Gay de Montellá, ...